Calculadora de baja temeraria (art. 149 LCSP)
Deja en blanco las filas que no uses. Las ofertas en blanco se ignoran.
Descarga la calculadora de baja temeraria en Excel
Plantilla gratuita con las mismas fórmulas del art. 85 RGCAP, hasta 20 licitadores. Sin registro.
¿Qué es la baja temeraria y por qué importa?
En la contratación pública española, una oferta anormalmente baja o desproporcionada (popularmente conocida como "baja temeraria") es aquella cuyo precio suscita dudas razonables sobre la viabilidad real del contrato. El artículo 149 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) regula cómo se determina esta presunción y qué efectos tiene.
Cuando una oferta supera el umbral fijado por el pliego, el órgano de contratación debe solicitar al licitador afectado que justifique su precio antes de rechazarlo. Si la justificación es convincente, la oferta puede mantenerse; si no, el contrato puede adjudicarse al siguiente clasificado.
Cómo se calcula: los supuestos del art. 85 RGCAP
Cuando el pliego no fija sus propios parámetros, el artículo 149.2 LCSP remite a los criterios del artículo 85 del Real Decreto 1098/2001 (RGCAP). Son los que aplica esta calculadora, y dependen del número de licitadores:
- 1 licitador: la oferta es temeraria si es inferior al presupuesto base en más de 25 unidades porcentuales.
- 2 licitadores: lo es la oferta inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra.
- 3 licitadores: las ofertas inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética. Si la oferta más alta supera esa media en más de 10 unidades, se excluye del cálculo de la media. En todo caso, una baja de más de 25 unidades sobre el presupuesto es temeraria.
- 4 o más licitadores: las ofertas inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media. Si hay ofertas que superan la media en más de 10 unidades, se calcula una nueva media sin ellas; y si quedan menos de tres, la nueva media se hace con las tres ofertas más bajas.
Importante: el órgano de contratación puede reducir estos porcentajes en un tercio de forma motivada (art. 85.5 RGCAP), y muchos pliegos fijan su propia fórmula. Consulta siempre el PCAP del contrato antes de hacer tus cálculos definitivos.
Ejemplos prácticos de baja temeraria
Cuatro casos resueltos, uno por cada supuesto del art. 85 RGCAP, con un presupuesto base de 100.000 € sin IVA.
Ejemplo con 1 licitador
| Oferta | Baja | Resultado |
|---|---|---|
| 72.000 € | 28 % | Presunta temeridad |
Umbral: 75.000 €. Con una sola oferta, la referencia es el presupuesto base. El umbral está 25 puntos por debajo: 75.000 €. La oferta de 72.000 € baja un 28 %, así que incurre en presunción de temeridad.
Ejemplo con 2 licitadores
| Oferta | Baja | Resultado |
|---|---|---|
| 95.000 € | 5 % | Normal |
| 74.000 € | 26 % | Presunta temeridad |
Umbral: 76.000 €. Con dos ofertas, cada una se compara con la otra. La más baja es temeraria si es más de 20 puntos inferior a la más alta: 95.000 € × 0,80 = 76.000 €. La oferta de 74.000 € queda por debajo.
Ejemplo con 3 licitadores
| Oferta | Baja | Resultado |
|---|---|---|
| 90.000 € | 10 % | Normal |
| 85.000 € | 15 % | Normal |
| 74.000 € | 26 % | Presunta temeridad |
Umbral: 75.000 €. La media de las tres ofertas es 83.000 € y el 90 % de la media son 74.700 €. Pero con tres licitadores también es temeraria, en todo caso, cualquier baja de más de 25 puntos sobre el presupuesto (por debajo de 75.000 €), así que manda el umbral más alto: 75.000 €. La oferta de 74.000 € es temeraria.
Ejemplo con 5 licitadores (media recalculada)
| Oferta | Baja | Resultado |
|---|---|---|
| 100.000 € | 0 % | Normal |
| 80.000 € | 20 % | Normal |
| 78.000 € | 22 % | Normal |
| 76.000 € | 24 % | Normal |
| 65.000 € | 35 % | Presunta temeridad |
Umbral: 67.275 €. La media inicial es 79.800 €. La oferta de 100.000 € la supera en más de 10 puntos (más de 87.780 €), así que se calcula una nueva media sin ella: 74.750 €. El umbral es el 90 % de esa media, 67.275 €, y la oferta de 65.000 € incurre en presunción de temeridad.
Preguntas frecuentes sobre la baja temeraria
¿Qué es una baja temeraria en una licitación pública?▾
Una oferta incurre en presunción de temeridad (también llamada baja desproporcionada o anormalmente baja) cuando su precio es tan reducido respecto al presupuesto base o a las demás ofertas que el órgano de contratación tiene dudas razonables sobre su viabilidad real. Está regulado por el artículo 149 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP).
¿Qué ocurre si mi oferta cae en presunción de temeridad?▾
El órgano de contratación debe pedir al licitador que justifique su oferta y explique cómo puede cumplir el contrato a ese precio. El licitador tiene derecho a presentar justificación. Si la justificación es suficiente, el órgano puede aceptar la oferta; si no, puede excluirla. La mera presunción no implica exclusión automática.
¿En qué se basa la fórmula de esta calculadora?▾
En los supuestos del artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos (RGCAP, Real Decreto 1098/2001), que se aplican cuando el pliego no fija otros parámetros. Con un licitador, la oferta es temeraria si baja más de 25 puntos sobre el presupuesto base; con dos, si es más de 20 puntos inferior a la otra; con tres o más, si es más de 10 puntos inferior a la media de las ofertas, con reglas para excluir de esa media las ofertas más altas.
¿La fórmula es siempre la misma en todos los contratos?▾
No. El artículo 149 LCSP establece el marco legal, pero el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) de cada contrato define la fórmula concreta y los umbrales aplicables. Es imprescindible leer el PCAP antes de presentar la oferta.
¿Cómo se calcula la baja temeraria en Excel?▾
Calcula primero el número de ofertas y su media. Con un licitador, el umbral es el 75 % del presupuesto base; con dos, el 80 % de la oferta más alta; con tres o más, el 90 % de la media (excluyendo las ofertas que superan la media en más de un 10 %). Toda oferta por debajo del umbral es presuntamente temeraria. En esta página puedes descargar gratis una plantilla Excel con todas estas fórmulas ya montadas.
¿Cómo evitar caer en baja temeraria?▾
Analiza detenidamente el coste real del servicio o suministro antes de ofertar. Si tu oferta implica una baja importante, prepara documentación justificativa sólida: estructura de costes detallada, ventajas competitivas, tecnología que reduce costes, economías de escala, etc. El órgano valorará la justificación en su conjunto.
Herramientas relacionadas
¿Buscas las próximas licitaciones de tu sector?
Licitify monitoriza el BOE y los boletines autonómicos y te envía cada mañana alertas de licitaciones con los contratos que encajan con tu actividad. Plan gratuito, sin tarjeta.
Crear cuenta gratis→